Confirmaron asueto nacional para el 24 y 31 de diciembre: ¿a quiénes alcanza?
El Gobierno nacional oficializó este lunes el otorgamiento de asueto administrativo para los empleados de la Administración Pública Nacional los días 24 y 31 de diciembre de 2025.
El Gobierno nacional confirmó este lunes por la mañana el asueto para los empleados públicos nacionales durante los días 24 y 31 de diciembre de 2025. La decisión quedó formalizada a través de un decreto firmado por el presidente Javier Milei y el vocero presidencial Manuel Adorni, y fue publicada en la madrugada en el Boletín Oficial.
La medida alcanza al personal de la Administración Pública Nacional, pero no a la Administración Provincial que deberán adherir o no a esta iniciativa. El objetivo es facilitar la organización familiar y los desplazamientos en vísperas de Navidad y Año Nuevo, dos fechas que en Argentina son feriados nacionales inamovibles.
El fundamento del asueto por las fiestas
El decreto se apoya en la Ley N° 27.399, que establece el 25 de diciembre y el 1° de enero como feriados nacionales, y en el carácter social, cultural y familiar que tienen estas celebraciones para la población.
Según el Decreto 883/2025, “tales fechas poseen un arraigado significado cultural, social y familiar para la población argentina y para quienes habitan en el territorio de la República Argentina, constituyendo tradicionalmente motivo de reunión, celebración y acercamiento entre familiares y seres queridos”.
En ese marco, el Gobierno consideró que los días previos a las fiestas suelen destinarse a los preparativos y traslados necesarios para concretar los encuentros familiares, por lo que resulta “oportuno facilitar la organización, descanso y disfrute de las festividades”.
Impacto en el turismo y servicios esenciales
El texto oficial también destaca que la medida tendrá un impacto positivo en el sector turístico, ya que favorecerá los desplazamientos internos y el aprovechamiento de los días no laborables para actividades recreativas.
Además, el decreto aclara que el asueto no implica ningún gasto adicional para el Estado nacional y que busca “garantizar que todos los argentinos puedan disfrutar de las fiestas en un marco de libertad”. Al mismo tiempo, instruye a los distintos organismos a implementar las medidas necesarias para asegurar la continuidad de los servicios esenciales.
Qué sectores quedan excluidos
El artículo 1° del decreto establece que el asueto alcanza únicamente al personal de la Administración Pública Nacional. En tanto, el artículo 3° especifica que la medida no se aplica a las instituciones bancarias ni a las entidades financieras, que deberán funcionar con normalidad los días 24 y 31 de diciembre.
De esta manera, los empleados públicos nacionales no cumplirán funciones durante dos días consecutivos, ya que el 25 de diciembre y el 1° de enero son feriados inamovibles. En los casos en que el personal deba trabajar durante esas fechas, corresponderá el pago doble, tal como lo establece la normativa vigente.
Qué pasa en el sector privado
En el ámbito privado, la situación será diferente. Los días 24 y 31 de diciembre son considerados días laborables comunes, por lo que cada empleador podrá decidir si concede o no el día libre a sus trabajadores.
En caso de que la empresa otorgue el día no laborable, no se generará un pago adicional, ya que no se trata de un feriado. Por el contrario, quienes trabajen esas jornadas percibirán un pago estándar, salvo que el empleador disponga condiciones distintas.
La decisión fue adoptada en ejercicio de las atribuciones conferidas al Poder Ejecutivo Nacional por el artículo 99, inciso 1, de la Constitución Nacional.

Los comentarios están cerrados.