Veda electoral en San Juan: controlarán que no haya boliches ni after pero autorizarán otras fiestas

El jefe del D3 confirmó que la veda electoral permite cumpleaños y casamientos, además de fiestas familiares pero no boliches ni fiestas privadas que sean comerciales.

Comenzó la veda electoral en San Juan y con ésta las restricciones en el contexto de las elecciones legislativas 2025 que se desarrollarán en todo el país. El Código Electoral Nacional, a través del Artículo 71, regula en Argentina la actividad y habilita las sanciones por violarla que van desde multas y hasta inhabilitación para cargos públicos.

El jefe del D3, Fabián Correa, señaló que cumpleaños y casamiento sí están autorizados pero no la actividad de boliches y after están prohibidos. “Los salones de fiesta hasta las 5 de la mañana pueden realizar la fiesta pero después la gente ya debe retirarse“, señaló en radio Estación Claridad.

Luego agregó: “Se han incrementado los operativos de alcoholemia y los operativos en distintos lugares que sabemos que pueden haber algún after. Ponemos mucho hincapié para no tener que lamentar ningún accidente en la mañana”, explicó.

Fuertes controles para hacer respetar la veda electoral

La provincia dispondrá más de 700 efectivos de la policía para desplegarse en toda la provincia tanto para las actividades en las escuelas como en las calles para garantizar el orden. Esto implicará el control desde la madrugada del domingo en las calles para evitar el consumo de alcohol y las fiestas privadas que no sean casamientos o cumpleaños o eventos familiares.

Correa explicó que “se harán recorridas por los barrios” y entrevistas cuando vean fiestas privadas. “Seremos muy cautelosas“, aseguró subrayando que la venta de alcohol está prohibido.

Además quedan prohibidos los after y las fiestas de doma o destreza criolla, entre otros festivales populares. La actividad en canchas de fútbol, vóley y paddle deberán cerrar a partir de los primeros minutos del domingo.

San Juan es una provincia tranquila, sabemos que no hay disturbios y que no tenemos problemas entre los partidos”, aclaró.

La veda electoral es el período de restricción que comienza 48 horas antes de los comicios de votación y se extiende tres horas después de su cierre. Su objetivo es garantizar un clima de reflexión y evitar propaganda de último momento. A las 21 horas del domingo ya se normaliza todo.

Veda electoral 2025: ¿qué no se puede hacer?

  • Realizar actos públicos de proselitismo
  • Contratar o mantener publicidad política paga (TV, radio, vía pública y plataformas digitales).
  • Difundir encuestas, sondeos o proyecciones: prohibido 48 hs antes y hasta 3 hs después de los comicios.
  • Publicar resultados preliminares o “boca de urna” durante la jornada.
  • Organizar espectáculos masivos o reuniones públicas no electorales: recitales, partidos, ferias y actos religiosos con público quedan suspendidos mientras se vota y durante 3 h posteriores.
  • Vender bebidas alcohólicas: el expendio se frena desde las 20 del día previo hasta las 21 del domingo.
  • Entregar boletas o propaganda a menos de 80 m de las mesas receptoras.
  • Abrir locales partidarios dentro de ese radio de 80 m.
  • Portar armas, banderas, divisas o distintivos partidarios por parte de los electores desde 12 hs antes y hasta 3 hs después.
  • Inaugurar obras públicas o anunciar planes de gobierno.
  • Emitir nueva propaganda gubernamental que promueva el voto.

 

Lpsj

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