San Juan busca blindar el derrame minero: ingresó a la Legislatura la Ley de Desarrollo Local para conectar las grandes inversiones con el empleo real

El Poder Ejecutivo provincial envió un histórico proyecto de ley a la Cámara de Diputados. La norma fija metas medibles del 80% de empleo y 60% de compras a empresas sanjuaninas, crea un registro de proveedores con arraigo real y ofrece incentivos fiscales. "No obliga a cumplir cupos restrictivos, obliga a planificar", señalaron desde el Gobierno.

Por Redacción ECO DEL VIENTO  ¿Qué queda en la provincia después de que se extrae el mineral? La pregunta, que sobrevuela los departamentos mineros desde hace décadas, empezó a encontrar una respuesta institucional concreta. El Poder Ejecutivo provincial remitió hoy a la Cámara de Diputados el proyecto formal de la “Ley para el Desarrollo Local Minero”. La iniciativa, impulsada por el Gobernador Marcelo Orrego, busca establecer —por primera vez en la historia de San Juan— reglas de juego claras, medibles y auditables para que el histórico boom de inversiones proyectado se traduzca de manera directa en el bienestar de cada familia sanjuanina.

El contexto no es menor. San Juan se encuentra ante la mayor ventana de oportunidad económica de su historia contemporánea. Con compromisos de inversión bajo el Régimen de Incentivo a las Grandes Inversiones (RIGI) que ya superan los USD 31.200 millones distribuidos en cinco megaproyectos, y con cuatro de los siete yacimientos de cobre de clase mundial del país en su territorio, el desafío de la gestión actual pasó a ser la distribución del desarrollo. El objetivo explícito de la norma es que el impacto de esa riqueza no quede encapsulado en las grandes operadoras, sino que llegue de forma efectiva a Calingasta, Iglesia, Jáchal y todo el territorio provincial.

El giro conceptual: «No es una ley de proveedores, es una ley de desarrollo»

Desde los despachos oficiales se encargaron de remarcar que la nomenclatura del proyecto fue deliberada. El Ministro de la Producción, Gustavo Fernández, quien trabajó codo a codo con la cartera minera en el diseño de la letra chica, fue tajante al describir el alcance: se trata de una “mal llamada ley de proveedores”.

«A nosotros también nos importa promover el empleo en general, que las propias compañías mineras y las propias contratistas empleen personas que residan en la provincia de San Juan», explicó Fernández a los medios especializados.

Por su parte, el Ministro de Minería, Juan Pablo Perea, reforzó este enfoque basado en la experiencia global: “La experiencia internacional demuestra que el impacto positivo de la minería no depende del volumen extraído, sino de la capacidad de transformar esa riqueza en empleo de calidad y desarrollo empresarial a largo plazo. Eso es exactamente lo que esta ley viene a garantizar: que San Juan tenga las reglas claras para que la riqueza mineral se quede, se multiplique y llegue a las familias”.

La arquitectura del proyecto no impone cupos obligatorios ni restricciones que atenten contra la libre competencia, un fantasma que suele sobrevolar este tipo de regulaciones. En su lugar, la ley obliga a planificar, medir y rendir cuentas públicamente, utilizando al Estado como un árbitro inteligente y no como un mero obstáculo burocrático.

Los tres ejes de la transformación

El esqueleto del proyecto se sostiene sobre tres pilares fundamentales que buscan abarcar la cadena de valor de punta a punta:

  1. Desarrollo del empleo local: Fijar metas claras para la contratación de mano de obra local.

  2. Fortalecimiento de proveedores locales: Garantizar que la masa de compras de bienes y servicios dinamice el entramado pyme provincial.

  3. Vinculación estratégica municipal: Coordinar los fondos de inversión social voluntaria de las empresas con los planes estratégicos de los municipios, evitando que las obras en salud, educación o infraestructura queden como esfuerzos aislados y sin conexión con las necesidades reales de cada departamento.

Radiografía de la ley: Metas, el RE.PRO.MIN y la zanahoria fiscal

Para entender cómo operará la norma una vez sancionada, el texto detalla una serie de puntos clave y dispositivos técnicos inéditos para la provincia:

  • Objetivo del 80% de empleo sanjuanino: Las empresas mineras y sus principales contratistas deberán apuntar a que el 80% de su nómina esté conformada por residentes de la provincia, otorgando prioridad absoluta a los departamentos del área de influencia directa de los yacimientos.

  • Meta del 60% en compras locales: Se establece este porcentaje sobre el monto total anual de adquisiciones de bienes, obras y servicios, siempre que existan condiciones competitivas de mercado. Si una operadora decide comprar afuera, deberá justificar técnicamente que no existe oferta local competitiva.

  • Previsibilidad y fin de las «compras sorpresa»: Las mineras estarán obligadas a publicar sus planes de demanda con cronogramas estimados de compras. De este modo, un taller metalmecánico de Jáchal o una empresa de logística de Iglesia sabrán con antelación qué requerirá la mina y podrán prepararse para competir.

  • Creación del RE.PRO.MIN: El Registro de Proveedores Mineros de San Juan será una plataforma pública y digital. Para inscribirse, las pymes deberán acreditar un «arraigo real»: domicilio operativo en la provincia, tributación local y un 80% de personal sanjuanino. Solo las empresas dentro de este registro computarán para las metas de las operadoras.

  • El incentivo del Crédito Fiscal: Las compañías que cumplan en simultáneo el 80% de empleo y el 60% de compras locales recibirán un Certificado de Crédito Fiscal transferible. Este bono podrá ser cedido a sus propias pymes proveedoras para que estas cancelen impuestos provinciales, generando un círculo virtuoso de liquidez en la cadena local.


El Estado como árbitro y el consenso político

La fundamentación política y jurídica de la ley descansa sobre una premisa institucional sólida: la minería metalífera explota, bajo un sistema de concesiones, un recurso que pertenece originalmente al Estado provincial. Al tratarse de un bien público, el Gobierno tiene la facultad y la justificación de exigir un retorno tangible para la comunidad.

El Ministerio de Minería actuará como Autoridad de Aplicación, asistido por un Consejo Consultivo público-privado y una Unidad Técnica Interministerial que auditará la trazabilidad de los planes presentados por las empresas (los cuales deberán actualizarse cada dos años).

El texto también contempla los dientes de la ley: las omisiones o los incumplimientos injustificados acarrearán sanciones que van desde el apercibimiento hasta multas de hasta 60.000 Unidades Tributarias. Sin embargo, la norma muestra flexibilidad pragmática: no habrá castigo si la minera demuestra que realizó esfuerzos de formación y capacitación pero que, aun así, la oferta local competitiva fue inexistente.

Hacia un debate definitivo en el recinto

La nueva iniciativa prevé la abrogación definitiva de la Ley 1208-M, una normativa anterior sobre la materia que jamás logró ser implementada con éxito debido a fallas en su diseño operativo. Una vez promulgada la nueva ley, las empresas contarán con plazos de entre 60 y 90 días corridos para presentar sus primeros planes de desarrollo.

Según confirmaron fuentes del oficialismo, el proyecto ingresa a la Cámara de Diputados con el terreno pavimentado. Tras intensas reuniones previas con los distintos bloques de la oposición, existe una base de consenso transversal que garantiza los votos necesarios para su tratamiento y pronta aprobación. San Juan se encamina así a un nuevo esquema jurídico, apostando a que la era del cobre no solo deje estadísticas macroeconómicas brillantes, sino también fábricas locales llenas, empleo registrado y un tejido social fortalecido.

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